EMPORIO:

sábado, 18 de enero de 2020

SECRETARIADO JURIDICO-CLASES PERSONALZIADAS



CLASES PERSONALIZADAS---COSTOS S/.150 MENSUALES--

PLAN DE ESTUDIOS:

DERECHO CIVIL--DERECHO PENAL----DERECHO CONSTITUCIONAL-

REDACCION JURIDICA---ARCHIVO---GESTION EMPRESARIAL---DERECHO DE FAMILIA-----DEMANDAS EN GENERAL.-----DENUNCIAS---E-SCRITOS JUDICIALES

SEDE:

LITIGIUM ASESORES ESTUDIO JURIDICO

AV VILLA MARIA 221-CUARTO PISO--CEL 917027195----

REFERENCIAS--VIENE EN-TREN ELECTRICO--BAJAR ESTACION VILLA MARIA----


HORARIOS DE CLASES PERSONALIZADAS:

MAÑANA--TARDE--NOCHE-- DE LUNES A VIERNES----


REQUISITOS: 

 SEXO FEMENINO----EXCLUSIVO SEÑORITAS---OJO--

PAGAR UN MES POR ADELANTADO----COPIA DE DNI---

INCLUYE LIBROS-CUADERNOS---PRACTICAS EN NUESTRAS OFICINAS--

martes, 14 de enero de 2020

CURSOS A DISTANCIA--VENTA EN VILLA MARIA DEL TRIUNFO--


 CUARTO PISO
 

HANS KENSEL ABOGADOS


LA CONSTITUCION POLITICA NO VALE NADA EN EL PERU

VERGUENZA PERU NO TIENE MAGISTRADOS HONESTOS......

MAGISTRADOS DE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SIENTAN PESIMO PRESCEDENTE........

ABALAN GOLPE DE ESTADO DE MARTIN VIZCARRA……..

 ESTE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEBE DE SER---DESTITUIDO—POR FELON-SOLAPADOR—Y SER EL PRIMER VIOLADOR DE LA CONSTITUCION---- 

¿ELECCIONES CONGRESALES PARA QUE?

SI NO LE GUSTA SU ACTUAR AL PRESIDENTE LO CERRARA NUEVAMENTE.......Y TAL VEZ GOBIERNE PARA SIEMPRE-----EN NOMBRE DEL PERU......PARA BIEN DEL PERU.......PARA PROTEGERNOS DE LA CORRUPCION-----------

 


 



 

 

domingo, 15 de diciembre de 2019

GANADORAS DE LA CIUDAD DE IQUITOS

LA SEÑORITA DE LA FOTO---DE  IQUITOS---GANO UNO DE LOS PREMIOS DE ACEP HANS KENSEL PERU----SORTEO REALZIADO EN 2 DE DICIEMBRE POR LOS 10 AÑOS DE EXISTENCIA DE LA ASOCIACION EDUCATIVA......




RECLAMAR SUS PREMIOS EN ------hanskensel@yahoo.es   enviando su DNI-ESCANEADO--DIRECCION Y UN CELULAR O TELEFONO---para poder enviar el Premio.






FISCAL DOMINGO PEREZ INSINUA A LA POBLACION ASESINAR A KEIKO FUJIMORI

LO QUE DOMINGO PEREZ LE ESTA PIDIENDO SUBLIMINALMENTE A LA POBLACION-----ES QUE ASESINEN A KEIKO FUJIMORI--------ESTA CULTIVANDO EL ODIO---DE MANERA MINUCIOSA------INVITANDO A QUE ALGUIEN EN LA POBLACION---SE ANIME A ----ASESINARLA----------Y LO INCREIBLE ES QUE SE TRATA DE UNA -----SEUDO AUTORIDAD----DEL MINISTERIO PUBLICO DE PERU---NADA MENOS--------




EN PERU----EL GOBIERNO ACTUAL ESTA AL TANTO DE QUE EL ODIO-- POSEE GRAN CAPACIDAD DE APRENDIZAJE Y DE CONTAGIO. ES FÁCIL DE ACTIVAR Y MUY DIFÍCIL DE CONTROLAR. NOS HACE VULNERABLES Y SOBRE TODO MUY MANIPULABLES, LO QUE PUEDE TRANSFORMARNOS EN SERES DAÑINOS Y SIN ESCRÚPULOS.-------ES POR ESO QUE UD PODRA VER QUE SE CREAN GRUPOS DE ODIO--EN FACEBOOK------------------- EN DONDE LA RAZON DE SER DEL GRUPO ES---UNICA Y EXCLUSIVAM,ENTE         -----DESCALIFICAR A UNA PERSONA DIA Y NOCHE-----CON O SIN PRUEBAS-----CON MENTIRAS---CON ESPECULACIONES PERMANENTES---Y A MILES DE IGNORANTES---LES ENCANTA COMPARTIR---CUANTA PUBLICACION DE ODIO SE HACE-----CONTRA KEIKO FUJIMORI----------------¿ES ESO NORMAL?-------NO---NO LO ES----MUESTRA UNICAMENTE CUAN GRANDE ES LA MISERIA HUMANA Y EL RESENTIMIENTO SOCIAL DE CIERTO GRUPO DE PERUANOS--------


EL GOBIERNO DE PERU---DE LA MANO DEL FISCAL JOSE DOMINGO PEREZ, ESTA SEMBRANDO EN EL PAIS UN ODIO TAN GRANDE CONTRA LA POLITICA KEIKO FUJIMORI, QUE NADA RARO SERIA QUE ALGUN ----ILUMINADO CRERA QUE ASESINARLA SEA EL MEJOR CAMINO--------EL FISCAL JOSE DOMINGO PEREZ, ESTA ALENTANDO A LA POBLACION, ESTA INSINUANDOLE------QUE ES NECESARIO ASESINAR A KEIKO FUJIMORI------

JAMAS EN LA HISTORIA POLITICA SE HA VISTO SEMEJANTE ODIO, MANIPULACION DE LA OPINION PUBLICA, AL PUNTO DE QUE-----UNA AUTORIDAD DEL MINISTERIO PUBLICO---QUE JAMAS A DENUNCIADO DE NADA A LA SRA FUJIMORI-------ESTA DE MANERA SUBLIMINAL---INVITANDO A LA POBLACION A QUE------ASESINE A KEIKO FUJIMORI.

ES DE TODOS CONOCIDA SU SIMPATIA CON EL MOVIMIENTO REVOLUCIONARIO TUPAC AMARU------GRUPO CRIMINAL-ASESINO.--QUE SECUESTRABA EN LOS 80 A EMPRESARIOS--PARA EXTORSIONANRLOS--PEDIRLES CUANTIOSAS SUMAS DE DINERO--POR SU RESCATE Y HASTA TENIA----CARCELES DEL PUEBLO------

EL FISCAL JOSE DOMINGO PEREZ EN PERU-----NO SABE DE JERAQUIAS EN EL MINISTERIO PUBLICO----INSULTO PUBLICAMENTE A UN EX FISCAL DE LA NACION-----ULTIMAMENTE DESAFIO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL------CUESTIONANDO SUS FALLOS------------¿QUE CLASE DE PAIS ES PERU?---------¿PORQUE SE PERMITE QUE UN FISCAL PENAL, HAGA POLITICA PARTIDARIA---TENGA COLOR POLITICO----SU MUJER TRABAJE COMO ALTA FUNCIONARIA EN EL PROPIO ESTADO, PERMITA QUE -----DELINCUENTES BRASILEROS---COMO LOS ODEBRECHT--NO ESTEN EN LA CARCEL, SE LLEVEN TODO SU DINERO EN BANCOS--COBREN POR LOS ACTIVOS QUE VENDEN----NO PAGUE REPARACIONES CIVILES AL PERU--DEL MISMO TAMAÑO DE LO QUE LE ROBO AL ESTADO PERUANO?

EL MUNDO DEBE DE SABER, LA ONU, LA OEA, LA UNION EUROPEA---DEBEN ENTERARSE---QUE EN EL PERU----EL FISCAL JOSE DOMINGO PEREZ ESTA ALENTANDO, EL ASESINATO DE KEIKO FUJIMORI--------

miércoles, 4 de diciembre de 2019

ARBITRAJE Y CONTROVERSIAS EMPRESARIALES

El arbitraje es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes. Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en lugar de acudir ante los tribunales.

El arbitraje consiste en un procedimiento similar a un juicio: hay una controversia con demandante, demandado, un tercero que decide de manera obligatoria para las partes (que se denomina árbitro en vez de juez), una fase pruebas y sentencia (en arbitraje, denominado laudo).
Es, por tanto, desde un punto de vista no técnico, un procedimiento similar a un juicio. Ello no obstante, existen diferencias que distinguen claramente ambos procesos. Resumimos las principales:
a) Procedimiento más sencillo y manejado por las partes: los arbitrajes no se regulan por la Ley de Enjuiciamiento Civil, sino por la Ley de Arbitraje. Esta apenas regula el procedimiento, y permite que las partes diseñen de común acuerdo prácticamente todos los aspectos del proceso arbitral.
b) Participación en la elección de árbitros: el principio básico es que las partes pueden designar de común acuerdo el árbitro o árbitros que van a decidir la cuestión, o el método para elegirlos. En términos de medicina, usted elige a su médico. Esto permite que las partes diseñen acuerdos que faciliten la elección de árbitros apropiados a la contienda en particular.
c) Rapidez: salvo que las partes acuerden otra cosa, el arbitraje debe resolverse en seis meses /con dos de prórroga) desde la contestación a la demanda. Esto implica un proceso más rápido, y ello sin perjuicio de que las partes pueden acordar reducir dicho período.
d) Es definitivo: A diferencia de una sentencia judicial, el laudo arbitral no es apelable. Esta es una diferencia muy significativa frente a la sentencia. No hay segunda revisión en cuanto al fondo de la cuestión (ni mucho menos casación ante el Tribunal Supremo). Este hecho es una ventaja (rapidez, centrar toda la discusión en un solo proceso), pero tiene el inconveniente de que se juega todo a una decisión. Hay una acción de anulación para anular el laudo, pero es por causas muy limitadas y de carácter esencialmente formal.
e) Es ejecutable: el laudo tiene fuerza ejecutiva desde que se emite.
f) Costes: aunque el arbitraje es más caro que un juicio, debe analizarse cada caso valorando las ventajas económicas que una decisión definitiva (no susceptible de apelación) y más rápida implican en la valoración de coste.